Si estás buscando una forma de acceder a tu primera vivienda sin la pesada carga de ahorrar una gran suma para la entrada, los avales ICO para hipotecas pueden ser la solución que necesitas.
Estos avales están diseñados específicamente para jóvenes y familias con menores a su cargo, ofreciendo una garantía del Estado que facilita la obtención de una hipoteca.
Están destinados a jóvenes menores de 35 años y familias con menores a su cargo, con el objetivo de facilitarles el acceso a una hipoteca.
Estos avales cubren hasta el 20% del importe del crédito hipotecario, extendiéndose al 25% si la vivienda tiene una calificación energética D o superior.
Los solicitantes deben cumplir ciertos requisitos de ingresos, residencia y patrimonio, y la gestión se realiza a través de entidades financieras colaboradoras.
Los avales ICO no tienen un coste directo en términos de comisiones o tarifas adicionales para los solicitantes ni para las entidades financieras.
Sin embargo, es importante destacar que aunque el aval en sí no genera intereses, la hipoteca asociada a este tipo de aval puede resultar más cara en intereses.
Para comprar una vivienda con un aval ICO, se recomienda tener ahorrado al menos el 10% del valor de la vivienda. Este porcentaje se destina a cubrir los gastos iniciales que no están cubiertos por el aval, como impuestos, notaría y registro.
El aval ICO permite financiar hasta el 100% del valor del inmueble, pero es necesario disponer de estos ahorros para afrontar los costos adicionales asociados a la compra.
Los solicitantes deben tener residencia legal en España de manera continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del préstamo.
Los ingresos individuales del solicitante no pueden superar los 37.800 euros brutos al año (equivalente a 4,5 veces el IPREM). Si la vivienda es adquirida por dos personas, el límite de ingresos combinado es de 75.600 euros brutos anuales.
Existen incrementos en el límite de ingresos para familias monoparentales y en función del número de hijos a cargo.
El solicitante no debe tener un patrimonio total superior a 100.000 euros.
Los solicitantes no deben ser propietarios de otra vivienda en el momento de la solicitud, independientemente de cómo se haya adquirido esa propiedad.
El plazo para solicitar estos avales finalizará el 31 de diciembre de 2025. Existe la posibilidad de prórroga hasta el 31 de diciembre de 2027, dependiendo de la demanda y las circunstancias económicas.